Desde la Jefatura de Policía Local se quiere felicitar a todos los moriscos y moriscas y desearles que pasen unos días entrañables, en paz, armonía y en compañía de sus seres mas queridos.
También queremos hacer un llamamiento a la precaución a aquellos que vayan a conducir para que extremen las medidas de seguridad y disfrutemos de unos días sin sobresaltos.
viernes, 19 de diciembre de 2014
martes, 2 de diciembre de 2014
LA JEFATURA DE POLICIA LOCAL RECUERDA LA PROHIBICION DE USO DE PETARDOS POR MENORES DE EDAD
Por parte de la Jefatura de Policia Local se recuerda que la venta y suministro de artificios pirotécnicos solo puede realizarse en establecimientos y por personas físicas o jurídicas reglamentariamente autorizadas.
Desde la Jefatura de Policia Local se desarrollarán las actuaciones y/o inspecciones pertinentes ante los incumplimientos en esta materia que afecten a la seguridad de los ciudadanos y se interpondrán las respectivas denuncias a los incumplimientos en esta materia.
También se quieres hacer constar la total prohibición existente en el uso y manejo de este tipo de artefactos por menores de edad.
BANDO DE AMPLIACION DE HORARIOS DE ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS EN EL PERIODO DE NAVIDAD
Segun la legislación vigente referente a las actividades de ocio y recreativas reguladas en la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, desarrollada por la Orden de 25 de marzo de 2002 por la que se regulan los horarios de apertura y cierre de los establecimientos públicos en la Comunidad Autónoma de Andalucía y a tenor de la Orden de 25 de marzo de 2002 establece en su art. 2 el horario de cierre máximo de los establecimientos, de acuerdo con el Nomenclátor y Catálogo de Espectáculos Públicos, que será el siguiente:
a) Cines, teatros, auditorios, circos, plazas de toros y establecimientos de espectáculos deportivos: 2,00 horas.
b) Establecimientos de juego con licencia municipal de apertura de salones de juego y de locales de apuestas hípicas externas: 2,00 horas.
c) Establecimientos de juego con licencia municipal de apertura de salas de bingo: 4,00 horas.
d) Establecimientos recreativos: 0,00 horas.
e) Establecimientos de hostelería y restauración, excepto pubs y bares con música: 2,00 horas.
f) Establecimientos de hostelería y restauración con licencia municipal de apertura de pubs y bares con música: 3,00 horas.
g) Establecimientos de esparcimiento, excepto discotecas de juventud: 6,00 horas.
h) Establecimientos de esparcimiento con licencia municipal de apertura de
discoteca de juventud: 0,00 horas.”
Se didspone la ampliación del horario de cierre máximo establecido en el art. 2 de la Orden de 25 de marzo de 2002 por la que se regulan los horarios de apertura y cierre de los establecimientos públicos en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en un máximo de 2 horas durante el periodo de Navidades comprendido entre el 23 de diciembre de 2014 y el 6 de enero de 2015.
BANDO SOBRE COTILLONES, FIESTAS Y CONCIERTOS DE MUSICA EN DIRECTO.
La celebración de todo cotillón, fiesta de fin de año, actuaciones musicales en directo o celebración navideña en establecimientos, locales de pública concurrencia con instalaciones fijas o no, tanto en establecimientos de hostelería como en otros lugares, requerirá la previa presentación en el Registro General de este Ayuntamiento de DECLARACIÓN RESPONSABLE y atendiendo a las potestades de intervención atribuidas a la entidades locales se podrán comprobar todos y cada uno de los extremos manifestados en dicha Declaración Responsable sin perjuicio de que este Ayuntamiento solicite de forma expresa la presentación de la documentación que considere necesaria para el ejercicio de la actividad de conformidad con las exigencias establecidas en la legislación y norma
reglamentaria vigente para el tipo de actividad a ejercer.
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